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Para obtener el respectivo permiso de uso de suelo debe acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 232 de 1995, Ley 388 de 1997, Acuerdo Municipal 007 de 2024, en lo referente para el funcionamiento de los establecimientos comerciales y donde se establecen las normas sobre ordenamiento territorial en Colombia.
Cuando se radique la solicitud ante la Dirección Operativa de Gobierno de Dosquebradas, debe diligenciar de manera clara y concisa la información solicitada, con el fin de evitar que la solicitud sea devuelta o rechazada. En caso de que exista alguna inconsistencia en la información proporcionada por el peticionario, se solicitará una visita previa por parte del área técnica para validar si el uso del suelo es conforme o no conforme.
La autoridad competente contará con los términos establecidos en la Ley 1755 de 2015 para expedir o negar el permiso solicitado. Sin embargo, si la actividad solicitada se encuentra dentro de los usos especiales de alto impacto conforme al Acuerdo 007 de 2024, se puede extender el tiempo de obtención.
Por favor, asegúrese de escribir bien el correo electrónico para recibir respuesta a la solicitud, ej: micorreo@servidor.com
Al enviar este formulario, AUTORIZO a la Alcaldía Municipal de Dosquebradas para dar uso de mis datos personales aquí registrados, conforme a las POLÍTICAS DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN DE DATOS PERSONALES, para las finalidades allí descritas. Consulte las políticas en: Política de Tratamiento de Datos Personales